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viernes, 7 de agosto de 2015

Convocatoria de los Premios Extraordinarios de Bachillerato, Educación Secundaria Obligatoria y Enseñanzas Artísticas Profesionales para el curso 2014-2015

En plenas cabañuelas de agosto han sido publicadas las órdenes por las que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios en las modalidades de Bachillerato, Educación Secundaria Obligatoria y Enseñanzas Artísticas Profesionales. Los premios son los correspondientes al curso académico 2014-2015.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES: del 05 al 19 de agosto de 2015.

Las pruebas se realizarán el día 15 de septiembre de 2015

Aquí encontraréis toda la información relacionada y los enlaces para presentar las solicitudes

Requisitos para el alumnado que ha terminado 2º de bachillerato:

a) Haber cursado y superado en centros docentes españoles los dos cursos que conforman cualquiera de las modalidades de Bachillerato.
b) Haber finalizado estos estudios en el año académico al que se refiere la convocatoria en un centro docente de la Comunidad de Castilla-La Mancha.
c) Haber obtenido en el conjunto de los dos cursos de bachillerato una nota media igual o superior a 8,75 puntos. La nota media será la media aritmética, con dos decimales, de las calificaciones de las materias comunes, de modalidad y optativas de los dos cursos de Bachillerato, redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. Para este cálculo no se tendrá en cuenta la materia de Religión.

Requisitos para el alumnado que ha terminado 4º de la ESO:

a) Haber cursado toda la Educación Secundaria Obligatoria en cualquiera de los centros docentes españoles, ya sea en enseñanza presencial o a distancia, y haber finalizado estos estudios en el año académico al que se refiere la convocatoria en un centro docente de la Comunidad de Castilla-La Mancha. 
b) Haber obtenido como calificación final de etapa una nota media igual o superior a 9 puntos. Dicha nota será la media aritmética, con dos decimales, de las calificaciones de las materias de los cuatro cursos de la etapa redondeada a la centésima más próxima y, en caso de equidistancia, a la superior. Para este cálculo no se tendrá en cuenta la materia de Religión ni las calificaciones de “apto”, “exento” o “convalidado”. 
c) Haber obtenido una calificación final de sobresaliente en el último curso de Educación Secundaria Obligatoria en las materias objeto de la prueba, que son: Lengua Castellana, Matemáticas y Lengua Extranjera. 

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