Ayudas para el
alumnado de 3º, 4º de ESO y 1º de BACHILLERATO para la realización de CURSOS DE
IDIOMAS EN EL EXTRANJERO
(Reino Unido, Irlanda y Francia)
DOS SEMANAS EN LA
PRIMERA QUINCENA DE AGOSTO (31 julio-13 agosto)
Criterios que se
tendrán en cuenta en la concesión de las ayudas:
·
Estar
matriculado en centros educativos de CLM
·
No
asistencia a convocatorias anteriores
·
Nota de inglés
/ francés en el curso anterior
·
Nota media
en el curso anterior (no se tendrá en cuenta la asignatura de Religión)
·
Nivel de
renta (teniendo más puntuación una renta más baja)
Documentación necesaria:
·
Autorización
para la comprobación y verificación de la declaración de la renta 2014
·
No es
necesario presentar el certificado académico del curso 2014-15, puesto que la
junta los comprobará de oficio
Presentación de las solicitudes:
·
SOLO SE
PRESENTA UNA SOLICITUD
· Vía
telemática a través de Papás 2.0 https://papas.educa.jccm.es/papa
Para
ello se debe tener usuario y contraseña de Papás. EN CASO DE NO TENERLO HAY QUE
PEDIRLO AL CENTRO
· Plazo del 3 al 13 de junio
Precio del curso: 1700€
Cuantía de
la ayuda:
Renta Superior
a 12.150 euros
|
400
|
Superior a
7.950 euros e inferior o igual a 12.150 euros
|
600
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Superior a
6.200 euros e inferior o igual a 7.950 euros
|
800
|
Superior a
4.400 euros e inferior o igual a 6.200 euros
|
1000
|
Inferior o
igual a 4.400 euros
|
1200
|
La determinación de la renta de los miembros
computables que hayan presentado declaración o solicitud de devolución por el
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se calculará realizando las siguientes
operaciones:
Suma de las
casillas (430 + 445):
Casilla 430:
Base imponible general.
Casilla 445:
Base imponible del ahorro.
El resultado
de las operaciones anteriores se dividirá entre el número de miembros de la
unidad familiar.
b) Para la determinación de la renta de los miembros
computables que obtengan ingresos propios y no se encuentren comprendidos en
los supuestos anteriores, se realizarán las siguientes operaciones:
Rendimientos
íntegros del trabajo –Retenciones por rendimientos del
trabajo
+
Rendimientos del capital mobiliario –Retenciones
por rendimientos del capital mobiliario + Ganancias patrimoniales sometidas a
retención –Retenciones por ganancias
patrimoniales –Gastos deducibles de rendimiento del
trabajo.
Muy interesante, estaba buscando alguna ayuda o programa de idiomas que me ayudara a conseguir alguna ayuda para mi hija, a ver si para el año que viene lo miro en profundidad. Gracias por la ayuda
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